En 2020, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) registró que había 614 grupos armados de interés para las actividades humanitarias de la organización en todo el mundo. Como parte de su labor imparcial, el CICR ha estado en contacto con aproximadamente tres cuartos de estos grupos, independientemente del país donde se encuentran, su ideología, religión, motivación u otras características. Recientemente, el CICR publicó un documento de posición donde se enumeran los motivos principales por los cuales la organización interactúa con grupos armados, en especial con los grupos armados no estatales que son parte en conflictos armados, y algunos de los desafíos que plantea esa interacción. En esta publicación, Jelena Pejic, asesora jurídica principal del CICR; Irénée Herbet, jefe del Departamento de Asuntos Mundiales y Grupos Armados No Estatales; y Tilman Rodenhäuser, asesor jurídico del CICR, destacan algunas de las conclusiones publicadas en el documento.

Desde hace ya muchos años, la interacción con grupos armados —particularmente con los casi cien grupos armados no estatales reconocidos legalmente como parte en conflictos no internacionales— con fines humanitarios ha sido una característica distintiva del trabajo de la organización. El motivo principal es, ni más ni menos, poder prestar protección y asistencia humanitarias a las personas afectadas por conflictos armados y otras situaciones de violencia, de conformidad con nuestro cometido. Esto incluye prestar ayuda vital a personas que se encuentran en zonas controladas por grupos armados, brindar apoyo a instalaciones de asistencia sanitaria que cuidan de personas enfermas y heridas en esas zonas o promover el conocimiento y el respeto del marco jurídico pertinente por parte de esos grupos.

Dada la devastación y el sufrimiento que generan los conflictos armados y otras situaciones de violencia, que se ven agravados por conductas contrarias al derecho internacional humanitario (DIH) y otras normativas, nuestra interacción con grupos armados es una cuestión de necesidad humanitaria.

Cuatro motivos por los que el CICR interactúa con grupos armados

En primer lugar, la interacción con grupos armados es una condición básica para el acceso seguro del CICR a poblaciones y personas afectadas por conflictos armados no internacionales y otras situaciones de violencia. Hoy en día, la triste realidad de estos conflictos es que, con frecuencia, los ataques están dirigidos directamente a la población civil, se destruyen las viviendas y los medios de vida de las comunidades, los pobladores son sometidos a condiciones de inanición y falta de asistencia sanitaria, y los niños y niñas no reciben educación y son reclutados para combatir. Las personas detenidas son sometidas a malos tratos, y las familias se ven obligadas a desplazarse o incluso separarse, sin la posibilidad de mantener el contacto entre familiares ni con otros seres queridos. La violencia sexual es frecuente. Y la lista continúa.

El CICR interactúa con todas las partes en conflictos armados, incluidos grupos armados no estatales, para obtener acceso a la población civil y a las personas que están en territorios afectados o dominados por estos grupos, a fin de prestarles prestar protección y asistencia, de conformidad con nuestra misión humanitaria.

En segundo lugar, el diálogo con todas las partes en un conflicto, incluidos los grupos armados no estatales, es la única forma de lograr que entiendan y acepten que el CICR es una organización humanitaria imparcial, neutral e independiente. Esa aceptación es fundamental para que la organización pueda acceder a quienes viven en zonas controladas por grupos armados no estatales o en zonas donde estos operan. Es imprescindible, además, que permitan a nuestro personal desplegar sus actividades en condiciones de seguridad. Los grupos armados no estatales deben entender quiénes somos y qué tipo de labor realizamos y confiar en que toda acción del CICR en beneficio de las personas afectadas por el conflicto persigue fines estrictamente humanitarios. La falta de conocimiento o comprensión de nuestra labor podría tener consecuencias directas sobre la seguridad y la protección de nuestro personal.

En tercer lugar, el diálogo es un requisito básico para promover el DIH y otros marcos jurídicos pertinentes con el fin de garantizar el respeto del derecho y evitar y aliviar el sufrimiento de las víctimas de los conflictos armados y otras situaciones de violencia. La única forma de ayudar a promover un mayor cumplimiento del derecho por parte de los grupos armados no estatales es mediante un diálogo continuo y adaptado al contexto con ellos y con otras fuentes de influencia en torno a la protección.

El informe El origen de las restricciones en la guerra publicado en 2018 por el CICR identificó diversos factores de influencia relacionados con el comportamiento de los grupos armados no estatales. Algunos de ellos son la integración del DIH en la doctrina y el sistema disciplinario del grupo y la promoción de las normas del DIH haciendo referencia a creencias locales y prácticas, costumbres y tradiciones del derecho consuetudinario del grupo que reflejen normas de restricción similares o que ayuden a comunicar esas normas mediante la analogía (en el siguiente enlace, figuran más ejemplos del trabajo del CICR sobre las religiones y los principios humanitarios).

En cuarto lugar, cabe destacar que el CICR es la única organización humanitaria imparcial mencionada explícitamente en el artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 como ejemplo de organismo que podrá ofrecer sus servicios a las partes en un conflicto armado no internacional, incluidas las partes no estatales.

Una trayectoria probada con resultados tangibles

Históricamente, nuestras experiencias de interacción con partes no estatales en conflictos armados han demostrado que el diálogo confidencial y neutral con grupos armados no estatales puede dar resultados tangibles.

Por ejemplo, en 2020, el CICR actuó, en Yemen, como intermediario neutral entre las autoridades yemeníes y el movimiento Ansarullah para lograr la liberación simultánea de más de 1.000 personas detenidas. Esta operación, que fue la liberación simultánea de personas detenidas de mayor magnitud entre las partes beligerantes, fue posible gracias a la confianza que nos habíamos ganado como mediadores en acciones similares en Yemen durante el año previo.

La magnitud de la operación en Yemen fue excepcional, pero el tipo de acción no lo es. El CICR suele actuar como intermediario neutral en la liberación de personas detenidas por grupos armados no estatales, ya sean civiles o miembros de las fuerzas armadas y de seguridad. Por ejemplo, a lo largo de las últimas décadas, facilitamos la liberación de más de 1.800 personas detenidas por grupos armados no estatales en Colombia, incluidas 22 personas en 2020. Asimismo, por más de una década, hemos realizado visitas a personas privadas de  libertad (miembros de los cuerpos de seguridad afganos) detenidas por las fuerzas talibanas en el oeste de Afganistán. Cabe agregar que las visitas a personas detenidas por grupos armados no estatales son parte de nuestra interacción con todas las partes en un conflicto armado: durante ese mismo periodo, realizamos visitas periódicas a personas detenidas por las fuerzas afganas, estadounidenses e internacionales.

Si bien las visitas a personas detenidas son una actividad distintiva del trabajo del CICR, nuestras actividades de protección y asistencia son mucho más amplias. Abarcan desde mantener el diálogo continuo con grupos armados no estatales para favorecer la comprensión y la aplicación del DIH hasta brindar ayuda a personas que viven en territorios controlados por estos grupos. Nuestras actividades de asistencia son diversas y responden a las necesidades de la población civil. En algunos contextos, se trata de facilitar la remoción de restos explosivos de guerra y nivelar terrenos de cultivo dañados para ayudar a los agricultores; en otros, de reparar y mantener la infraestructura de salud en una zona controlada por fuerzas no estatales. Estas actividades son de vital importancia para las 60 a 80 millones de personas que, según nuestros cálculos, viven en zonas controladas exclusivamente por grupos armados.

Un entorno operacional cada vez más complejo

La interacción directa con grupos armados no estatales y el acceso a los territorios bajo su control nos permiten mantener la proximidad a las personas afectadas. Sin embargo, durante las últimas décadas, el entorno operacional de organizaciones como el CICR se ha vuelto cada vez más complejo. En ese sentido, se destacan dos tendencias principales.

En primer lugar, la creciente proliferación de grupos armados durante la última década. En algunos de los conflictos recientes más complejos, se ha observado que hay cientos —sino miles— de grupos activos en cada país. La multiplicación de estas agrupaciones, su diversidad y sus diferentes modos de acción dificultan cada vez más que las actividades humanitarias se realicen de forma segura. Esto significa que, si bien siempre es un desafío negociar con la dirigencia de un grupo armado no estatal con una jerarquía estructurada para tener acceso seguro a un territorio que está bajo su control, la tarea se vuelve significativamente más compleja cuando las negociaciones deben realizarse con diversos grupos, alianzas de grupos y facciones internas y ante continuos cambios en el liderazgo. Cada negociación toma tiempo y plantea nuevos obstáculos: quizás el interlocutor no conoce al CICR, no entiende nuestro cometido o, incluso, no acepta nuestra labor.

En segundo lugar, un mayor despliegue de medidas jurídicas y generales adoptadas por los Estados para tratar con grupos armados no estatales clasificados como “terroristas” o incluidos en listas de sanciones a nivel nacional, regional e internacional. Sin duda, los Estados tienen el derecho y el deber de proteger la seguridad y el bienestar de su población. No obstante, ya se ha visto que, en algunos casos, la lucha contra grupos armados no estatales que realizan actos de terrorismo o son considerados una amenaza para la seguridad y la paz a nivel internacional ha acotado el campo de acción de las organizaciones humanitarias. Cuando un grupo armado no estatal es clasificado como “terrorista” o es incluido en las listas de sanciones, también se pone en riesgo a otros actores que interactúan con dichos grupos —así sea con fines humanitarios—, y puede haber consecuencias jurídicas severas y otros efectos adicionales. A menos que la acción humanitaria imparcial quede excluida de los regímenes de sanciones y las medidas de antiterrorismo, las actividades habituales del CICR, así como de otras organizaciones semejantes, podrían enfrentarse a obstáculos operacionales y jurídicos significativos.

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La interacción con grupos armados no estatales que son parte en  conflictos no internacionales con fines humanitarios no es una novedad. De hecho, está contemplada en los Convenios de Ginebra de 1949 y ha sido una práctica distintiva del CICR desde hace  mucho más tiempo. Es una actividad necesaria y una vía de acción indispensable a la que toda organización humanitaria imparcial debe recurrir para prestar asistencia y protección a todas las personas afectadas por un conflicto armado. Ya sea para permitir el contacto de miembros de las fuerzas militares privados de libertad con sus seres queridos, proporcionar alimentos a poblaciones en situación de necesidad o llevar vacunas a personas que se encuentran fuera del alcance de las autoridades estatales, la interacción con grupos armados no estatales ofrece resultados humanitarios tangibles y debe contar con apoyo continuo.

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