Desde 2003, el CICR viene presentando un informe sobre «El derecho internacional humanitario y los desafíos de los conflictos armados contemporáneos» a la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, el foro donde se reúnen las Altas Partes Contratantes de los Convenios de Ginebra y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja para examinar las principales cuestiones de interés humanitario y formular compromisos conjuntos.
En esta publicación, y basándose en el Informe sobre los desafíos de 2024, Cordula Droege, asesora jurídica principal del CICR, presenta el análisis hecho por el CICR de algunas de las cuestiones jurídicas más notorias de los conflictos de hoy. Este análisis fue motivado sobre todo por el deseo del CICR de mejorar la protección de las víctimas de la guerra contra los efectos de los conflictos armados y se basó en la información obtenida a partir de su observación de los principales problemas humanitarios en el terreno y en su diálogo con las partes en los conflictos armados en distintos lugares del mundo.
Al conmemorarse el 75.° aniversario de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, el derecho internacional humanitario (DIH) enfrenta desafíos cada vez mayores, pese a la adhesión universal de que goza y a la función esencial que desempeña en los conflictos. Las violaciones persistentes del derecho siguen causando graves preocupaciones. Aunque, en muchos casos, las partes ni siquiera intentan justificar esas violaciones –y, a menudo, niegan los hechos–, la descripción de las violaciones como comportamientos acordes al DIH da lugar a una inquietud jurídica particular.
Si bien, en cada momento, la atención del mundo se centra solo en unos pocos conflictos, los conflictos armados en curso a nivel mundial son más de 120 y algunos se prolongan desde hace décadas. El Informe del CICR sobre los desafíos de 2024 refleja los desafíos jurídicos que se presentan en muchos de esos conflictos.
Siempre y cuando se respete, el derecho internacional humanitario sigue siendo una herramienta particularmente poderosa para mitigar el costo humano de los conflictos armados, pero ese respeto depende de la existencia de una voluntad política firme. En ausencia de un mecanismo internacional encargado de hacer cumplir la ley en el ámbito del derecho internacional humanitario, el cumplimiento se logra ante todo a nivel nacional. Los Estados deben formar y disciplinar a su propio personal, facultar a su poder judicial para que enjuicie y castigue a los autores de violaciones, presionar a otros para que cumplan y cooperar con las instituciones internacionales a fin de asegurar el respeto del DIH y la rendición de cuentas. Cuando se produce un conflicto, hacer llegar a las tropas en el terreno el mensaje de que el respeto del DIH es importante es un gesto fundamental para lograr el cumplimiento, y ese mensaje debe provenir de los máximos niveles.
Respetar el marco normativo
El derecho internacional humanitario solo puede mitigar con eficacia las consecuencias de los conflictos armados si se lo entiende e interpreta como el marco restrictivo con el cual medir las operaciones militares y no a la inversa.
Todas las leyes necesitan ser interpretadas y el DIH no es la excepción. Los debates y desacuerdos sobre el modo de entender sus términos no son, en sí mismos, motivo de preocupación. Pero el modo de interpretar el derecho internacional humanitario puede derivar en consecuencias dramáticas. En muchos casos, comportamientos contrarios a las normas se presentan como si no lo fueran, a causa de interpretaciones cada vez más permisivas del derecho internacional humanitario, lo que deja a categorías enteras de personas sin protección y genera víctimas y actos de destrucción a gran escala. Eso es lo que está en juego.
El Informe sobre los desafíos puntualiza que la vasta red de normas que protegen a las personas afectadas por conflictos armados se elaboró precisamente para prevenir o reducir en la mayor medida posible los daños que la guerra trae consigo. El DIH contiene normas claras sobre la protección de los detenidos, sobre los familiares separados, las personas desaparecidas y las personas fallecidas, y sobre los niños. Con el tiempo, esas normas han demostrado ser una herramienta crucial para reducir los sufrimientos. Aun así, se siguen desafiando y poniendo a prueba. En ocasiones, las partes en los conflictos intentan limitar su ámbito de protección apelando a un discurso que apunta a excluir a ciertos grupos o personas. Otros desafíos se presentan cuando no se toman las medidas necesarias para implementar adecuadamente el DIH y prevenir la violación de sus normas.
El Informe señala quiénes están protegidos por los Convenios de Ginebra y explica por qué las interpretaciones que apuntan a excluir de la protección a determinados grupos o personas deben ser rechazadas. Destaca también que los conflictos armados afectan a diferentes personas de maneras distintas, y que el derecho internacional humanitario no puede cumplir su función protectora si su interpretación oculta las necesidades y los riesgos de categorías enteras de personas.
Asimismo, el Informe recuerda que los principios y normas del DIH sobre la conducción de hostilidades tienen por objeto proteger a las personas civiles y los bienes de carácter civil contra los peligros de las operaciones militares. Para hacerlo, evalúan cuidadosamente el equilibrio entre lo que se necesita para lograr un fin militar lícito y el imperativo de limitar las muertes, los sufrimientos, las lesiones y la destrucción durante un conflicto armado.
Sin embargo, este marco está sometido a grandes presiones. Las interpretaciones excesivamente permisivas de las normas del DIH sobre la conducción de hostilidades pueden quebrantar este delicado equilibrio y frustrar su propósito, que es salvar vidas y proteger a las personas civiles y los bienes de carácter civil. Por ejemplo, el Informe señala que las interpretaciones de lo que constituye un objetivo militar que intentan flexibilizar los claros parámetros del derecho afirmando que una categoría entera de infraestructura civil puede ofrecer una ventaja militar no son, en opinión del CICR, compatibles con el DIH.
Lo mismo vale para la aplicación e interpretación del DIH en relación con las nuevas tecnologías de guerra. Si los algoritmos se ajustan para cumplir normas de selección de objetivos demasiado permisivas, el resultado provocará muertes y destrucción entre la población civil con más rapidez y a mayor escala. En casos extremos, y a menos que se acuerden nuevos límites jurídicos, los sistemas de armas autónomos utilizarán la fuerza con escasas restricciones y tomarán decisiones de vida o muerte sin control humano. Además, los medios digitales pueden utilizarse para causar graves daños y perturbaciones en la vida civil y en los servicios esenciales de las sociedades. Al afirmar que esos medios no están regulados, o al interpretar el DIH de un modo que socave la función protectora del DIH en un mundo que avanza hacia la digitalización, se creará una nueva dimensión de caos y destrucción.
Forjar una cultura de respeto del DIH
Desde su primer Informe sobre el DIH y los retos de los conflictos armados contemporáneos, de 2003, el CICR ha enfatizado reiteradamente que el desafío principal en este ámbito es la falta de respeto del DIH. Las consecuencias son el sufrimiento, la destrucción, la crueldad y las necesidades abrumadoras de las personas civiles.
Si existe la voluntad política de respetar el DIH, este objetivo se puede alcanzar.
Los Estados son los autores y los guardianes del DIH. Pueden negociar límites adicionales y aceptar los existentes. Hay muchos buenos ejemplos, y debemos tomarlos como referencia. Todos los días, los Estados adoptan medidas concretas para incorporar las normas del DIH y otras disposiciones en sus leyes, políticas y prácticas nacionales. Imparten formación en DIH a sus fuerzas armadas y establecen sólidos sistemas disciplinarios. Enjuician a quienes cometen violaciones graves del derecho. Los Estados también toman medidas para asegurarse de que sus aliados y socios respeten el DIH. Han asumido compromisos importantes, incluso en relación con las decisiones sobre la transferencia de armas, y el cumplimiento de esos compromisos es fundamental para crear una cultura de respeto del DIH.
Los grupos armados no estatales también procuran comprender el DIH, implementarlo en sus reglamentos y sistemas disciplinarios internos y respetarlo. Para guiar y reforzar esas medidas, es indispensable entablar diálogo con los grupos armados. La incorporación de la protección prevista en el DIH para las personas afectadas por conflictos armados en las normas, la ética y los principios de las tradiciones y prácticas culturales, así como en otros marcos jurídicos, puede tener efectos positivos importantes.
En algunos casos, durante los últimos años, los Estados también se han unido para reforzar el DIH y la protección de las personas civiles, y proteger la acción humanitaria. Desde el último Informe sobre los desafíos, elaborado en 2019, la Declaración política sobre el fortalecimiento de la protección de las personas civiles frente a las consecuencias humanitarias del uso de armas explosivas en zonas pobladas ha enviado el mensaje inequívoco de que se necesita con urgencia un cambio de mentalidad en la forma en que los beligerantes planifican y conducen las hostilidades. Sobre la base de esta declaración, ahora se alienta a los Estados a intercambiar buenas prácticas para proteger a las poblaciones civiles contra los efectos de la guerra urbana.
La entrada en vigor del Tratado sobre la prohibición de las armas nucleares, en 2021, representó un hito y un paso esencial hacia la eliminación de las armas nucleares y la amenaza existencial que plantean para toda la humanidad. El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja seguirá esforzándose por aumentar las adhesiones a este Tratado y promoviendo la implementación plena del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares.
Asimismo, se produjeron ciertos avances jurídicos hacia la promoción del marco normativo que protege la existencia de un espacio humanitario en los conflictos. En 2022, tuvo lugar un cambio importante en la forma en que los Estados y las organizaciones internacionales daban cabida a la acción humanitaria en la formulación de sanciones internacionales y autónomas. La resolución 2664 del Consejo de Seguridad de la ONU, que excluye a la acción humanitaria de las sanciones financieras actuales y futuras adoptadas por el Consejo de Seguridad, marca un cambio que establece a las exenciones humanitarias adecuadamente formuladas y permanentes como la para la elaboración de esas sanciones.
Interpretar las leyes de la guerra de buena fe
Los desafíos que enfrenta el derecho internacional humanitario son numerosos y complejos. Sin embargo, no son insuperables.
El desarrollo de una voluntad política que permita mejorar el respeto del DIH debe constituir una prioridad para los Estados y otras partes en conflictos armados, principalmente para proteger la vida y la dignidad de los millones de personas afectadas por conflictos armados. Al eliminar al menos algunos de los obstáculos que afrontan los procesos de pacificación, el respeto del DIH puede contribuir al objetivo de construir una paz perdurable. Cuando las partes han tratado a sus adversarios con humanidad, cuando las familias no sufren el vacío que dejan tras sí las personas desaparecidas, es posible que el camino hacia la paz sea más fácil de hallar.
Cada día, el DIH se aplica y es vital en los conflictos armados actuales. En el CICR, vemos muchos casos de respeto del DIH que marcan una diferencia importante para las personas afectadas por conflictos armados. Cada vez que las partes en un conflicto acuerdan una evacuación médica, cada vez que podemos prestar asistencia humanitaria vital, cada vez que las partes se abstienen de lanzar un ataque para evitar dañar a la población civil, y cada vez que visitamos a personas detenidas que reciben un trato digno, vemos los efectos positivos y vislumbramos el verdadero potencial del DIH.
Debemos esforzarnos para alcanzar un mundo donde los casos de respeto sean mucho más numerosos y superen ampliamente las ocasiones en que el derecho no es respetado. Esto significa, ante todo, que los Estados deben asumir seriamente su responsabilidad de respetar de buena fe las leyes de la guerra, y no solamente las normas, sino el espíritu mismo del derecho.